Informe del CODDI

By victorgaspar

Tot seguit us deixo un informe del CODDI (Conferencia de Decanos y Directores de Centros Universitarios de Informática) que “aclara” la situació actual del procés de Bolonia en vers els estudiants d’Enginyeria Informàtica.

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A la vista de la proliferación de informaciones difundidas desde diversas fuentes, en ocasiones
alarmistas e inciertas hemos considerado indispensable desde la CODDI (Conferencia de
Decanos y Directores de Centros Universitarios de Informática) proporcionar a los alumnos que
estudian en nuestros centros una información veraz y precisa sobre la situación del proceso de
reforma de las titulaciones universitarias españolas (popularmente conocido como “proceso de
Bolonia”).
El 21 de diciembre de 2006 el Ministerio de Educación y Ciencia publicó un documento
denominado “Propuesta DIRECTRICES PARA LA ELABORACION DE TITULOS
UNIVERSITARIOS DE GRADO Y MASTER”, que continua y modifica en algunos aspectos de
otro anterior de 26 de septiembre de 2006 denominado “Propuesta LA ORGANIZACIÓN DE
LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS EN ESPAÑA”. A continuación se ha abierto un período
de tres meses para recabar la opinión sobre el mismo de la Universidad y los colectivos
profesionales.
El pasado día 25 de enero tuvo lugar la reunión de la Comisión Permanente de la CODDI con
el fin de valorar estas propuestas y consensuar un documento que recoja la opinión de la
Conferencia. Muy resumidamente, y salvo matizaciones menores, es opinión de la CODDI que
el contenido del último documento se ajusta con bastante exactitud a las recomendaciones que
se recogieron en el Libro Blanco de la Ingeniería Informática elaborado bajo los auspicios de la
ANECA en 2004.
A continuación resumimos brevemente tres de los aspectos más relevantes para estudiantes y
profesionales de la informática relacionados con todo este proceso de reforma universitaria: las
nuevas titulaciones, la equiparación de títulos antiguos y nuevos y el reconocimiento de la
profesión y sus atribuciones.
Directrices para la elaboración de los nuevos planes de estudios:
1. Las nuevas titulaciones universitarias recibirán los nombres de Graduado (Primer Ciclo) y
Master (Segundo Ciclo).
2. En el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT) se recogerán los planes de
estudio de los títulos propuestos por cada Universidad para ser evaluados y posteriormente
acreditados.
A diferencia del modelo actual con un Catálogo de 140 titulaciones oficialmente aprobadas que
cada Universidad puede ofrecer, se suprime el catálogo de títulos y las universidades podrán
presentar al RUCT una titulación con cualquier denominación siempre que se ajuste a las
directrices de la rama de conocimiento a la que esté adscrita y justifique su interés social y
profesional, así como los recursos de los que dispone para impartirla.
De acuerdo con ello, podrían coexistir en el área de la informática y en la misma o en distintas
universidades titulaciones de grado generalistas (como graduado en Ingeniería Informática) con
otras más específicas (como graduado en Seguridad de la Información o Multimedia, por
ejemplo).
3. En los títulos que habiliten para el ejercicio de profesiones reguladas para las que se
establecen condiciones mínimas de formación en la directiva 2005/36/CE (Medicina,
Enfermería, Odontología, Veterinaria, Farmacia y Arquitectura), o en otras normas análogas del
derecho español (Educación Secundaria y Abogacía), será obligada la referencia en los planes
de estudio a dicha directiva y el cumplimiento de sus condiciones y términos de formación.
Según ello, los títulos anteriores tendrán una regulación más específica que el resto, para los
que se prevé unas directrices o formación en competencias y materias básicas comunes no por
titulación sino por área o rama del conocimiento, y más flexibles que las actuales.
4. Los títulos que pretendan habilitar para el ejercicio de las otras profesiones reguladas según
la legislación española actual, como es el caso de la mayoría de la Ingenierías, deberán
justificar la adecuación del plan de estudios propuesto a las normas reguladoras del ejercicio
profesional vinculado a dicho título, citando expresamente dichas normas, pero sin tener que
seguir ninguna directriz establecida más allá de las existentes por área o rama de conocimiento
como cualquier otro título.
5. Los nuevos planes de estudios tendrán como objetivo la adquisición de competencias por
parte del estudiante (combinación de conocimientos, habilidades, actitudes y valores), y será el
crédito ECTS la unidad de medida del haber académico que representa la cantidad de trabajo
del estudiante para cumplir los objetivos de la titulación, lo que se traducirá en un cambio en la
metodología pedagógica a aplicar.
6. Los estudios universitarios de grado tendrán una duración de 240 ECTS y los de Máster
entre 60 y 120. Cada curso académico tendrá como máximo 60 ECTS, y por ello la duración
prevista será de 4 años para el grado y 1 ó 2 para el Máster.
7. Todos los títulos tendrán un mínimo de 60 ECTS de formación en competencias y materias
básicas en una o varias ramas de conocimiento, ofrecidos en los dos primeros cursos, de los
cuales, al menos el 60% serán propios de la rama del conocimiento a la que pertenezca la
titulación, aunque adaptados a cada titulación. No hay una lista definitiva de ramas, si bien la
propuesta actual contempla cinco, una de las cuales es ingeniería y arquitectura.
8. Los estudiantes podrán elegir optativas por una extensión entre 30 y 60 ECTS. Las prácticas
externas podrán tener una extensión máxima de 60 ECTS y el proyecto fin de curso entre 6 y
30 ETCS.
Equiparación de Títulos
Los titulados que en este momento estudian ingeniería técnica o ingeniería en informática
tendrán derecho a terminar según sus planes actuales de acuerdo con los planes de extinción
que adopten las universidades.
En el pasado y con la reforma o aprobación de titulaciones se han producido procesos de
equiparación de títulos. Por ejemplo, con la aprobación de la titulación de Ingeniero en
Informática se homologó a él el título previo de Licenciado en Informática sin ningún requisito.
Se ha creado una comisión de expertos que ha comenzado a estudiar el sistema de
equiparación de títulos, y por lo tanto no se dispone de una propuesta.
De acuerdo con las manifestaciones públicas que se han producido sobre este asunto lo único
conocido es la intención de que, previsiblemente, se equiparará el título de Ingeniero Técnico al
de Graduado con algunos requisitos de formación o el reconocimiento de experiencia
profesional. No se conoce la posible intención de equiparar el título de Ingeniero actual al de
Master ni en qué condiciones.
Reconocimiento y Atribuciones profesionales
El reconocimiento de la titulación de Ingeniero en Informática y de sus atribuciones
profesionales es una demanda que Colegios y Asociaciones Profesionales y Facultades y
Escuelas de Informática han reclamado desde sus inicios.
Este proceso ha resultado infructuoso hasta ahora, aunque lo amplio del colectivo de
profesionales y estudiantes así como el incremento de la presencia y la importancia que la
informática tiene en todos los ámbitos de la vida hace más evidente que nunca esta necesidad.
La presente reforma no recorta, evidentemente, ninguna atribución profesional actual. Antes
bien, debería constituir una oportunidad para a partir del nuevo perfil profesional del Graduado
y Master en Informática solicitar el reconocimiento de sus atribuciones.
Por otro lado, y al margen de los reconocimientos oficiales, la definición de los nuevos títulos
será, igualmente, una oportunidad para que la industria diferencie con más claridad las
competencias de los profesionales que están en posesión de un título de Formación
Profesional, de un Graduado Universitario o de un Master y por lo tanto contemple diferentes
carreras profesionales para ellos. No debe olvidarse, sin embargo, que la formación continua
modulará estas competencias alcanzadas al finalizar sus primeros estudios.
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